Obtener la autorización o permiso para la realización de espectáculos públicos de pólvora, artículos pirotécnicos o fuegos artificiales estableciendo las condiciones de seguridad, que determinen técnicamente las autoridades o cuerpos de bomberos para prevenir incendios o situaciones de peligro y de acuerdo con la categoría de los fuegos artificiales
¿Cómo puedo realizar la gestión?: | Costo: | Tipo de gestión: |
Presencial |
No requiere pago |
Tramite |
- Carrera 16 # 15 – 28 Centro Administrativo Municipal - CAM – Armenia Quindío Colombia Secretaría de Gobierno
- Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, Carrera 16 # 15 – 28
Centro Administrativo Municipal - CAM – Armenia Quindío Colombia
Teléfono: 7417100 Ext 202
Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Lunes a viernes: 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m
Responsable: Secretaría de Gobierno y Convivencia
Tiempo de respuesta: 15 días hábiles.
No es viable la colocación de publicidad sin antes haber obtenido la debida autorización por parte del Departamento Administrativo de Planeación Municipal (Ley 140 de 1994).
Si van a cerrar vías, realizar desfiles o alboradas, deben anexar la certificación de la Secretaria de Tránsito y Transporte de Armenia.
El empresario u organizador del espectáculo público, deberá vender los productos conforme a la regulación de precios establecida en el mercado, evitando así la especulación de precios.
Concepto previo según decreto 3888 del 10 de octubre de 2007, emitido por la oficina Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres.
Solicitud por escrito señalando la descripción del evento, incluyendo horario de funciones y capacidad en número de sillas del lugar donde se celebra el evento, el aforo total, el aforo correspondiente por categorías si se presentan (General, Palco, Platea, VIP, etc.) y el valor individual de la boletería para dicho evento, así como el número total de boletería de cortesía autorizada, o especificar si el mismo será de carácter gratuito.
Si es persona jurídica, Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio con una antelación máxima de un mes de acuerdo a la fecha en la que se llevara a cabo el espectáculo público.
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal.
Paz y Salvo de los derechos de autor, en caso de que exista ejecución pública de música.
Constancia de la entidad prestadora del servicio de primeros auxilios y ambulancia, el cual debe estar acorde al número de asistentes, horario y tipo de evento, previa coordinación y aval de la Oficina Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres. (Antes de adelantar este trámite, se debe coordinar con la actividad del riesgo y desastres los aspectos de seguridad y requerimientos específicos para el evento)
Aval de Evento ser Decreto 3888 del 10 de octubre de 2007, emitido por la oficina Municipal para la Gestión del Riesgo de Desastres.
Concepto del Departamento Administrativo de Planeación Municipal que acredite el cumplimiento de las normas de ubicación del escenario y el use del suelo permitido.
Concepto de la Corporación Autónoma Regional del Quindío que certifique el cumplimiento de las normas referentes a la intensidad auditiva y las condiciones ambientales definidas por el Decreto-Ley 2811 de 1974 y demás normas aplicables sobre la materia.
Certificado Secretaria de Salud donde se verifique el cumplimiento de las condiciones sanitarias, según la legislación vigente.
Certificado de inscripción como productor ocasional o permanente expedido por el Ministerio de Cultura.
Paz y salvo contribución parafiscal expedida por el Ministerio de Cultura.
Acreditación por parte de los productores ocasionales sobre el cumplimiento de la Contribución Parafiscal Cultural presentando una póliza de cumplimiento en el caso que el valor individual de la boletería exceda el monto de 3UVT's
Nombre: VIG-R-DF-PSC-002.pdf 146Kb 21/08/2018
Descripción: Atención de peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD), verbales, telefónicas y/o escritas
Ley 1493 de 2011 Por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones.