En relación con el cumplimiento del Decreto 538 de 2020, expedido por el Ministerio de Salud, en el que se especificó que los afiliados al régimen subsidiado con diagnóstico confirmado de COVID-19 tenían derecho a aplicar a una compensación económica temporal, la Secretaría de Salud aclaró que el trámite correspondiente a dicho proceso debía ser realizado por cada paciente en el tiempo oportuno y a través de la EPS.
Luz Marina Correal, jefe de Aseguramiento de la Secretaría de Salud, especificó que los usuarios del régimen subsidiado debían realizar este trámite con la EPS y realizar las gestiones con la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Adres, pero no con el ente municipal.
Invitó, además, a quienes hayan realizado el debido trámite, a consultar el estado de este beneficio en el Adres o a través del siguiente link: https://aplicaciones.adres.gov.co/SII_COVID/Formulario/FrmConsulta_CET.aspx