Las fechas, declaración y pago del impuesto de Industria y Comercio correspondiente al año gravable 2024, vigencia 2025, se tendrá en cuenta la condición del último número del NIT así:
Último número del NIT |
Fecha de declaración y pago |
1 o 2 |
26 de mayo de 2025 |
3 o 4 |
27 de mayo de 2025 |
5 o 6 |
28 de mayo de 2025 |
7 o 8 |
29 de mayo de 2025 |
9 o 10 |
30 de mayo de 2025 |
Si el contribuyente tiene actualizado el RIT y habilitada la firma electrónica, podrá realizar el pago en el portal tributario o en las entidades financieras autorizadas, y en caso que este sea presentado por otro medio electrónico, la declaración se entenderá presentada en la fecha del pago, siempre y cuando se realice dentro del término fijado, y se radique personalmente la declaración ante Tesorería Municipal, dentro de los 15 días hábiles siguientes a dicha fecha; en caso tal que esta no sea radicada se tendrá en cuenta como ineficaz.
Tenga en cuenta que además de esto, el pago de dicho impuesto debe ser cancelado en su totalidad, y si su declaración no es presentada en los términos de fecha fijados anteriormente, se le aplicará sanción por extemporaneidad liquidada junto con los intereses moratorios.