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Dr. James Padilla García, Alcalde del Municipio de Armenia | Última actualización del sitio: Diciembre 26 de 2024, 10:09 am

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El alcalde de la ciudad, José Manuel Ríos Morales, lamenta la primera víctima fatal por el brote del covid-19 en Armenia. Adicionalmente y mediante el decreto No 156 de 2020, dispone que a partir del lunes 13 de abril  y hasta el 27 del mismo mes, se limitará totalmente la circulación de personas y vehículos los fines de semana, a excepción de los casos de permiso especial  ya dispuestos por el Gobierno nacional en lo que va del aislamiento preventivo.

Las personas que cumplan con las excepciones dispuestas, deberán contar con previa acreditación e identificación en el ejercicio de sus funciones, escribiendo al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. De lo contrario, la violación de las medidas del presente decreto conlleva sanciones penales y multas que deberán ser acatadas.

La comercialización presencial de productos de primera necesidad, podrá ser desarrollada entre las seis de la mañana (06:00 a.m.) y las cinco de la tarde (05:00 p.m.), y mediante plataformas de comercio electrónico y/o entrega a domicilio, hasta las ocho de la noche (08:00 p.m.), durante los días comprendidos por el presente decreto.

Siendo así, el pico y cédula para la semana que viene queda de la siguiente manera:

 

Lunes 13: cédulas terminadas en 3 y 4

Martes 14: cédulas terminadas en 5 y 6

Miércoles 15: cédulas terminadas en 7 y 8

Jueves 16: cédulas terminadas en: 9 y 0

Viernes 17: cédulas terminadas en 1 y 2

Sábado 18 y domingo 19: restricción general

 

Lunes 20: cédulas terminadas en 3 y 4

Martes 21: cédulas terminadas en 5 y 6

Miércoles 22: cédulas terminadas en 7 y 8

Jueves 23: cédulas terminadas en: 9 y 0

Viernes 24: cédulas terminadas en 1 y 2

Sábado 25 y domingo 26: restricción general

Para garantizar la efectividad de la medida, las entidades prestadoras de servicios bancarios, financieros, operacionales, de pago de servicios notariales y establecimientos de prestación de servicios de primera necesidad; deberán solicitar el documento a las personas que atiendan. Igualmente, como ya se ha establecido antes, se permitirá la circulación de una sola persona por núcleo familiar a la hora de realizar dichas diligencias.

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