La Secretaría de Salud de Armenia en el marco del decreto 457 del 22 de marzo de 2020 y en concordancia con el decreto municipal 148 del 24 de marzo del mismo año, emitió la circular externa No 009, la cual está dirigida a las unidades residenciales, condominios, edificios y espacios similares para que adopten medidas de mitigación y prevención del Covid 19.
Como acciones adicionales al aislamiento preventivo obligatorio se debe prohibir el ingreso del personal de mensajería, es decir, que la correspondencia se recibirá en la portería; además, estos lugares deben contar con elementos de higiene indispensables, tales como, gel antibacterial, alcohol glicerinado y un espacio para el lavado de manos, dotado con jabón y toallas de papel. Así mismo, el portero debe llevar un registro escrito de las personas que entregan la correspondencia.
En cuanto al servicio de domicilios, sí está permitido el ingreso del personal que realiza esta labor, dejando también un registro escrito del mismo y exigiendo el lavado de manos antes y después de salir de la unidad residencial. La circular también prohíbe el uso de jacuzzis, piscinas, turcos, zonas húmedas y comunes dentro de la vigencia del aislamiento temporal preventivo.
Durante esta semana el área de salud pública ha estado recorriendo la ciudad para hacer entrega física de este documento a los administradores de las unidades residenciales, aclarando que la información debe ser divulgada a la comunidad y publicada en un lugar visible para que todos los residentes se enteren de estas disposiciones, además, la dependencia aclara que el incumplimiento de esa circular y los decretos en mención implica sanciones penales y correctivas establecidas en el numeral 2 artículo 35 de la ley 1801 de 2016.