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Dr. James Padilla García, Alcalde del Municipio de Armenia | Última actualización del sitio: Marzo 11 de 2025, 6:16 pm

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Como es usual, y por ley, la Secretaría de Hacienda Municipal emite la facturación del impuesto Predial Unificado a inicio de cada vigencia, esto como una obligación tributaria de los ciudadanos.

¿Cómo se liquida este impuesto en el 2025 para Armenia?

Para hablar del predial, primero debemos hablar de la actualización catastral, el cual busca, dentro de otras acciones, actualizar los avalúos catastrales de los predios para conocer el valor real de los mismos y del municipio de Armenia. Tal incremento (avalúo) no tiene un tope fijado por la Ley. Para el caso del municipio de Armenia la desactualización catastral era de 10 a 20 años. No obstante, a ello, no implica que el Impuesto Predial Unificado se incremente en las mismas condiciones, ya que, para evitar el incremento desproporcionado del impuesto, la ley trae unos límites la cual el municipio debe acogerse.

Para la liquidación del Impuesto Predial se tiene una fórmula para calcularlo, que es: Avalúo catastral (base gravable) por tarifa de liquidación.

La actualización catastral es muy diferente al impuesto Predial. El primero determina el valor del predio o propiedad, mientras que el Predial es la contribución económica obligatoria que el propietario de un predio debe hacer a la Administración Municipal.

¿Existen límites en los impuestos?

A diferencia del incremento de los avalúos, los impuestos sí tienen límites de crecimiento, para que producto de esas actualizaciones catastrales no afecte al contribuyente, y este tenga igualdad de proporciones entre el incremento del avalúo y el incremento del impuesto.

¿Qué leyes regulan el impuesto Predial Unificado?

Las leyes que regulan a los incrementos de los impuestos Predial Unificado son la ley 44 de 1990 y ley 1995 del 2019.

¿El Concejo de la ciudad puede limitar el incremento al impuesto?

Sí, mediante un acuerdo municipal, donde se establecen otros límites al impuesto Predial, pero para Armenia la corporación solo la realizó para la vigencia 2023.

¿Qué pasa en Armenia con este impuesto?

Para el 2023 entró en vigencia la actualización catastral para Armenia, donde los predios tuvieron un aumento del 35% determinado por el Concejo de la ciudad a través de un acuerdo municipal. Y, para el año 2024, se rigieron las leyes ya mencionadas, donde la ley 1995 del 2019 da tres límites para el impuesto Predial Unificado.

  1. Los predios de estratos 1 y 2 con avalúos menores a 135 salarios mínimos, solo pueden crecer máximo el IPC.
  2. Los demás predios que no cumplan con el primer límite de la ley, deben estar actualizados o que el año inmediatamente anterior hayan pagado con dicha actualización puede crecer máximo el IPC más 8 puntos.
  3. Los predios no actualizados pueden incrementar máximo el 50% del Impuesto Predial Unificado.

Es así como la Administración Municipal aplicó para el 2024 la norma. Debemos tener en cuenta que la actualización catastral que se hizo para Armenia fue sobre el 100% de los predios que hay en la ciudad. Y este último límite de la ley 1995 de 2019, para predios no actualizados, no aplica para el municipio, pues se entiende que se encontraban actualizados.

¿Hay excepciones en estas leyes?

Sí, existen excepciones en estas leyes y son para: los terrenos urbanizables no urbanizados o urbanizados no edificados, o para aquellos predios que figuraban como lotes no construidos o construidos y cuyo nuevo avalúo se origina por la construcción o edificaciones realizadas. La limitación tampoco aplica para los predios que hayan cambiado de destino económico ni que hayan sufrido modificaciones en áreas de terreno y/o construcción y, hay excepciones aplicables para aquellos predios menores de 100 hectáreas respecto a inmuebles del sector rural, o predios que no han sido objeto de formación catastral y para los que ingresan por primera vez a la base catastral. Lo anterior sin perjuicio de conservación y actualización catastral.

¿Qué pasa con estos predios?

Por ser predios con excepción de la ley 1995 del 2019 se iban subsidiariamente con la ley 44 de 1990, donde en su artículo sexto, encontramos que dichos predios pueden crecer hasta el doble de lo que ha pagado el año inmediatamente anterior. Es de aquí donde sale el 100%.

¿Desde cuándo se aplicó esto para Armenia?

Desde el año 2024 varios predios en Armenia ya estaban bajo la Ley 44 de 1990, y es allí donde los predios contaron con un crecimiento del 100%, pues estos no cumplían con los requisitos de la ley 1995 para que así pudieran acceder a los límites establecidos.

¿Hay incremento en la tarifa del Impuesto Predial para el 2025?

Cabe aclarar que, la Alcaldía de Armenia no está incrementando tarifas al impuesto para el 2025, este corresponde a los límites legales los cuales están siendo aplicados por el municipio.

“Hay que aclarar que no se incrementó el impuesto, todo lo contrario, se está nivelando de acuerdo con las condiciones físicas, jurídicas y económicas de los predios, partiendo del proceso de actualización catastral”, añadió el secretario de Hacienda, Yeison Andrés Pérez Lotero.

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