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Dr. James Padilla García, Alcalde del Municipio de Armenia | Última actualización del sitio: Noviembre 1 de 2024, 5:55 pm

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  •  Las personas que deseen acceder a este beneficio deberán radicar la solicitud a más tardar el día 29 de febrero del 2024, de acuerdo con el plazo fijado en el calendario tributario de esta vigencia.
  • Las personas que soliciten este año la exención serán beneficiarias del descuento para el impuesto liquidado para el año 2025.

Los mayores de 60 años propietarios de viviendas en estrato 1, 2 y 3 con destinación habitacional, podrán acceder a este beneficio que otorga la Secretaría de Hacienda siempre que sea el único inmueble de su propiedad y sea utilizado como su lugar de residencia. El descuento tiene una vigencia de tres (3) años, el cual  finaliza en el año 2025.

Los requisitos son los siguientes:

  1. Ser mayor de 60 años.
  2. Contar con un único inmueble en estrato 1, 2 o 3 destinado a su residencia.
  3. Acreditar que lleva residiendo en el Municipio de Armenia al menos dos (2) años.
  4. Presentar la solicitud por escrito firmada por el contribuyente, su representante o apoderado debidamente acreditado a más tardar el día 29 de febrero.
  5. Encontrarse al día por todo concepto con la Administración Municipal.
  6. Certificado de acreditación de residencia expedido por la Secretaría de Gobierno y Convivencia, donde testifique que el solicitante ha residido en Armenia al menos dos (2) años.
  7. Certificado de tradición donde se demuestre que es el propietario del bien inmueble.
  8. Fotocopia de la cédula.

La solicitud  acompañada de los anexos, deberá radicarse ante la Oficina de Servicio de Atención al Ciudadano (SAC) situada en el primer piso del Centro Administrativo Municipal (CAM).

En caso de que el bien inmueble cuente con varios propietarios, cada dueño debe presentar la solicitud por escrito, de lo contrario, dicha exención sólo se le otorgará sobre el 50% o sobre el porcentaje de propiedad que tenga el solicitante.

Una vez radicada la solicitud, la Secretaría de Hacienda tendrá dos meses para dar respuesta. El beneficio se entenderá reconocido una vez se expida el acto administrativo que así lo decida.

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